Grupo Junquera Marítima

Junta General 2023
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Código ético

  1. FINALIDAD

    El Código Ético, también denominado Código de Conducta o de buenas prácticas, tiene la finalidad de recoger los principios, criterios y normas de conducta por las que se debe regir el desarrollo de las actividades de los empleados, directivos y administradores de todas las sociedades que forman parte del grupo mercantil cuya cabecera es G. Junquera Marítima, S.L. (en adelante, «el Grupo»), de las asociadas y participadas, así como de aquellas con las que existen alianzas. El presente Código Ético constituye así un pilar fundamental del Grupo, que promueve una cultura corporativa positiva.

    Su finalidad primordial, por tanto, consiste en fijar los principios y valores que deben presidir la actuación del Grupo, y de todas las personas citadas en el párrafo anterior, orientados a procurar que tengan un comportamiento profesional ético y responsable en el desempeño de sus actividades profesionales. Asimismo, expresa el compromiso del Grupo con los valores de ética empresarial y transparencia.

    El presente Código Ético tiene carácter vinculante, y contiene disposiciones cuyo objetivo es hacerlo efectivo. Para ello, se establece un Canal de Denuncias, así como un Sistema Disciplinario, para la atribución de responsabilidades a los infractores. Lo anterior implica la obligación, para todos los sujetos vinculados, de respetar las obligaciones impuestas, de tal manera que la infracción de sus disposiciones y políticas, desarrolladas al hilo del mismo, serán objeto de sanción disciplinaria.

    El presente Código Ético tendrá validez tanto en España, donde se encuentra el domicilio social del Grupo, como en los países del extranjero con los que opere en la actualidad, o pueda hacerlo en el futuro. Para ello, se habrán de tener presentes, en cada caso, las diferencias culturales y contexto socio-económico del país de que se trate en cada caso.

    Determinadas materias que se contemplan en este Código podrán ser objeto de desarrollo mediante normas que, de una forma más exhaustiva, se precisarán en Códigos sectoriales, si se detectara la necesidad de hacerlo. Al mismo tiempo, existirán las denominadas Políticas de Empresa, que regularán, partiendo de este Código, con un nivel mayor de detalle, determinados sectores específicos o materias que así lo requieran.

    Teniendo en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, este documento y su contenido habrán de servir de base para evitar comportamientos irregulares e indeseados, que puedan llegar a desencadenar la responsabilidad penal del Grupo en su conjunto, o de alguna de las sociedades que forman parte del mismo, o puedan estar vinculadas en cualquiera de las formas descritas.

    Los valores contenidos en el mismo están también orientados a mantener y mejorar el nivel reputacional del Grupo, fortaleciendo el compromiso de los empleados y el resto de personas obligadas en este sentido. Al propio tiempo, busca mostrar a los terceros, con los que se relacione de cualquier forma, la cultura corporativa de cumplimiento normativo del Grupo.

  2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

    El presente Código Ético tiene los siguientes destinatarios:

    1. Resulta de aplicación a todas las empresas que forman parte del Grupo, a las asociadas y participadas, así como a aquellas con las que existen alianzas.

    2. Vincula a todo su personal, al margen de la posición que ocupen en cada una de ellas o de las funciones que puedan realizar. Así pues, vinculará a socios y accionistas, empleados, directivos, administradores e, incluso, a terceros, como proveedores, contratistas o socios comerciales del Grupo que deban adherirse al mismo.

      Y ello con independencia de su nacionalidad o de la ubicación geográfica donde presten sus servicios. Si, como consecuencia de ello, los sujetos obligados hubieren de cumplir otro/s códigos éticos con origen sectorial distinto o derivado de otras normas extranjeras o internacionales, tales códigos habrán de recoger los principios del presente documento.

    3. Asimismo, resultan obligados por el mismo los asesores externos, trabajadores autónomos y trabajadores temporales.

    G. Junquera Marítima, S.L. promoverá e incentivará entre sus proveedores y empresas afiliadas, gestionadas, colaboradoras y aquellas con las que existan alianzas, la adopción de pautas de comportamiento consistentes con las definidas en el presente Código Ético. En determinados casos y sectores, podrán exigirles que formalicen su compromiso con el cumplimiento del Código o las pautas en él establecidas.

    En aquellas sociedades, asociaciones o entidades en las que G. Junquera Marítima, S.L. tenga representación, los profesionales que la representen promoverán el cumplimiento de los principios establecidos en el presente Código.

    Conocimiento, aceptación y cumplimiento

    El presente Código Ético será dado a conocer a todos los integrantes del Grupo, que estarán obligados a acudir a las sesiones formativas que, al efecto, programe la empresa.

    La Dirección de cada una de las empresas que forman el Grupo, la de las asociadas, participadas y/o gestionadas, así como la de aquellas con las que existan alianzas, participará en programas de formación, compartiendo jornadas con los empleados o interviniendo en ellas, como muestra de la importancia que tiene el cumplimiento normativo para el Grupo.

    Asimismo, pondrá todos los medios necesarios para difundir los valores y principios del Grupo y hacer cumplir las pautas de conducta contenidas en este Código Ético. Por ello, habrán de ser modelo de referencia para los demás, en su comportamiento y nivel de cumplimiento del Código.

    El mismo deberá ser aceptado de forma expresa por cada uno de los destinatarios, que deberán comprometerse a su cumplimiento de forma inequívoca. Así pues, los principios y valores que lo integran habrán de regir sus conductas.

    Cada uno de los integrantes del Grupo confirmará que ha tenido acceso a este Código, que lo acepta y que comprende lo que implica. A tal efecto, se mantendrá un registro de conformidades de los empleados recibidas. Bastará un acuse de recibo por vía electrónica al siguiente correo electrónico: juridico@gjunquera.com

    Ningún integrante de la empresa, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo establecido en este Código Ético, y nadie puede justificar su conducta amparándose en una orden de un superior o en el desconocimiento del presente Código.

    El mismo registro se llevará para el resto de destinatarios que no sean empleados de alguna de las empresas que forman parte del Grupo Mercantil.

  3. PRINCIPIOS GENERALES

    1. Cumplimiento de la legalidad

      Los sujetos obligados por el Código se comprometen a cumplir las leyes vigentes, los procedimientos internos del Grupo y los valores y principios recogidos en el presente Código.

      Asimismo, se comprometen a informar de cualquier incumplimiento que detecten a su alrededor.

      Todos los obligados por el Código Ético y, en particular los empleados, deben evitar cualquier conducta que pueda perjudicar la reputación de la empresa o afectar negativamente a sus intereses.

      Todos ellos deben conocer las leyes y normas jurídicas que afectan a su trabajo, cualquiera que sea el lugar geográfico en el que se encuentren, solicitando, en caso de duda, la información precisa al Departamento Jurídico de G. Junquera Marítima, S.L., a través de su superior o directamente. Para ello, podrá dirigirse por escrito, enviando a la C/ Gregorio Marañón 1, Bajo II, CP 33.203 de Gijón (Asturias), España o, alternativamente, mediante correo electrónico a la siguiente dirección: juridico@gjunquera.com

      Deberán respetar, asimismo, las obligaciones y compromisos asumidos por el Grupo en sus relaciones contractuales con terceros, así como los usos comerciales y buenas prácticas empresariales de los países donde desempeñen su labor.

      Ningún empleado ni obligado colaborará de manera consciente con terceros en la violación de ninguna ley ni norma jurídica, ni participará en ninguna actuación que comprometa el principio de legalidad.

      G. Junquera Marítima, S.L. pondrá los medios necesarios para que todos los integrantes del Grupo y demás sujetos obligados conozcan la normativa externa e interna relevante para las funciones que cada uno desempeñe.

      Cuando se produzca una situación de contravención de la legalidad, los empleados y demás sujetos obligados deberán informar a la empresa mediante el Canal de Denuncias que se prevé en este Código.

    2. Comportamiento ético

      Los principios y valores del grupo mercantil G. Junquera Marítima, S.L. constituyen la base sobre a que se asienta su actividad empresarial. Nuestros principios y valores son:

      • Integridad. Entendida como la actuación ética, honrada y de buena fe.
      • Respeto a la legalidad, derechos humanos y valores éticos.
      • Respeto a las personas. Es nuestro compromiso evitar cualquier forma de acoso, intimidación, abuso o falta de respeto, debiendo existir tolerancia cero frente a cualquier agresión física o verbal. En el caso de que se produzca una situación de este tipo, se tomarán las medidas oportunas, incluyendo sanciones disciplinarias. Una vez r3ecibida en el Canal de Denuncias la notificación de haberse producido, presuntamente, una situación de acoso o discriminación, se abrirá de manera inmediata una investigación en profundidad, manteniendo siempre la máxima confidencialidad. No se admitirán represalias contra las personas denunciantes o que colaboren para el esclarecimiento de los hechos. En caso de existir, se adoptarán las medidas disciplinarias que correspondan.
    3. Transparencia y trazabilidad

      La toma de decisiones por parte de los responsables de cada área dentro de la organización deberá adoptarse con plena transparencia, imparcialidad y trazabilidad.

      Las comunicaciones del Grupo en los sectores de actividad en los que participe, así como en los medios de comunicación, respetarán los principios de veracidad y transparencia.

    4. Derechos humanos y laborales

      El Grupo expresa su compromiso con los principios y valores transversales de integridad, legalidad, igualdad y responsabilidad, así como su adhesión a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y la Política Social, directrices y normas de la Organización Internacional del Trabajo.

    5. Protección del medio ambiente

      G. Junquera Marítima, S.L. se compromete a velar por el respeto al medio ambiente, a tratar de minimizar el impacto medioambiental en todas sus actividades y a promover entre sus empleados y sujetos obligados, una cultura del respeto al medio ambiente como principio de conducta que debe

  4. NORMAS DE ORGANIZACIÓN INTERNA

    1. Segregación de funciones

      La organización aplicará este principio para prevenir el fraude interno y los errores involuntarios que se puedan producir, impidiendo que una misma persona lleve a cabo todas las actividades de una misma operación.

    2. Poderes y atribuciones

      La delegación de funciones realizada mediante el otorgamiento de poderes y la concesión de atribuciones a los administradores, directivos y empleados se realizará por parte del Órgano de Administración de cada empresa obligada por este Código, con un alto grado de diligencia.

    3. Recursos y medios para el desarrollo de la actividad profesional

      G. Junquera Marítima, S.L. pondrá a disposición de sus empleados los recursos necesarios para el desempeño de su labor profesional, incluyendo software, sistemas de almacenamiento de datos y equipos electrónicos.

      Los empleados deberán hacer un uso responsable de los mismos, ya que no se facilitan para uso personal.

    4. Actividades externas al grupo

      La organización reconoce y respeta la participación de sus empleados y demás sujetos obligados en actividades distintas a las que desarrollen en el seno de la misma, siempre que se ajusten a la legalidad y que no entren en conflicto con sus responsabilidades dentro del Grupo.

  5. NORMAS RELACIONADAS CON LA ÉTICA Y EL BUEN GOBIERNO

    1. Anti-soborno y anti-corrupción

      El Grupo actuará con los más altos estándares de integridad y de honestidad en todas las actividades de negocio.

      Se rechazará cualquier soborno o pago no ortodoxo que sea ofrecido, de manera clara y terminante. Se impedirá toda práctica de corrupción o pago de comisiones.

    2. Regalos e invitaciones

      No se aceptarán ni ofrecerán regalos ni invitaciones en cantidades excesivas o inapropiadas que puedan constituir o dar apariencia de sobornos.

    3. Prevención de conflictos de intereses

      Se evitarán las situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre los intereses personales de los sujetos obligados por este Código y los de la organización o personas con las que ésta se relacione.

    4. Prevención del fraude

      Las situaciones de fraude podrían ser cometidas en el Grupo, tanto por directivos como por empleados. Deben ser prevenidas situaciones tales como: la malversación de activos en la organización, manipulación de documentos o soportes informáticos (especialmente los contables, pero no limitado a ellos), presentación de información financiera fraudulenta y cualesquiera otras que eludan las obligaciones legales.

    5. Registros financieros

      La información financiera de G. Junquera Marítima, S.L. reflejará fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

    6. Propiedad intelectual y propiedad industrial

      Se respetarán los derechos de propiedad industrial e intelectual de terceros y se protegerá, en su caso, la de la organización cuando exista.

    7. Seguridad informática

      Se protegerá el acceso a los sistemas de información y comunicaciones del Grupo de los riesgos inherentes a los mismos.

    8. Confidencialidad de la información

      Los sujetos obligados por este Código guardarán la más estricta confidencialidad sobre la información a la que accedan en el desempeño de su labor profesional, no pudiendo facilitar a terceros, salvo autorización expresa o cuando dicha información ya sea pública o conocida.

    9. Protección de datos y respeto a la intimidad

      G. Junquera Marítima, S.L. velará por el derecho fundamental a la protección de datos personales, aplicando medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar que el tratamiento de los datos personales que maneje es conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como a las demás normas que las desarrollen o sustituyan.

    10. Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

      El Grupo manifiesta el firme compromiso de luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, evitando el uso de cualquiera de las sociedades obligadas por este Código para fines ilícitos.

  6. ENTORNO LABORAL

    1. Selección y evaluación del personal

      La organización se compromete a utilizar criterios objetivos en los procesos de selección de personal que realice, con respeto siempre a los principios de igualdad y no discriminación. Los mismos criterios deberán presidir las evaluaciones de desempeño de los empleados que se realicen.

      En particular, fomentará la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en el acceso al empleo.

    2. Desarrollo profesional, remuneración y compensación

      G. Junquera Marítima, S.L. promoverá el desarrollo personal de los empleados, de manera que se fomente su implicación en la mejora continua de sus habilidades profesionales, retribuyendo y compensando su dedicación de manera justa y adecuada.

      Al igual que en el caso anterior, velará porque se aplique en su seno la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

    3. Formación

      El Grupo fomentará la formación continua de sus empleados. Los programas de formación contribuirán a los objetivos de la organización, incluyendo el fomento del control de cumplimiento normativo.

    4. Conciliación de la vida familiar con la actividad laboral

      El Grupo respetará la vida personal y familiar de sus empleados, promoviendo medidas de conciliación que faciliten el equilibrio entre su faceta personal y la profesional.

    5. Derecho a la intimidad

      Se exigirá el respeto a la intimidad personal y familiar de las personas a cuyos datos se tenga acceso.

      G. Junquera Marítima, S.L. se compromete a solicitar y utilizar exclusivamente aquellos datos de los empleados y demás personas con los que se relacione que sean precisos para la eficaz gestión de su actividad o que resulten exigibles por la normativa de aplicación.

    6. Salud, higiene y seguridad en el trabajo

      Se deberá observar en el seno de la organización un cumplimiento riguroso de las normas de seguridad y salud en el trabajo, así como las de prevención de riesgos laborales.

      Los empleados deberán hacer un uso adecuado de los equipos de protección individual que se les hayan entregado para determinadas actividades de riesgo.

  7. MERCADO

    1. Relaciones con los clientes

      G. Junquera Marítima, S.L. se compromete al cumplimiento de las normas sobre competencia, evitando cualquier práctica que la limite o pueda ser constitutiva de competencia desleal.

      La información divulgada por cualquier medio deberá ser veraz, sin que se permita falsear los datos o la publicidad engañosa.

    2. Relaciones con los proveedores

      Las relaciones con los proveedores deberán estar presididas por la ética y la utilización de criterios objetivos para su elección.

      Se difundirá el presente Código Ético entre los proveedores, solicitando su adhesión al mismo de manera voluntaria y, en los casos en que se considere necesario, de manera obligatoria, antes de formalizar cualquier tipo de relación comercial con los mismos.

    3. Relaciones con los socios y accionistas

      Se garantizará la transparencia en las estrategias de negocio del Grupo, procurando el conocimiento y comprensión por parte de los socios y accionistas de las sociedades que forman parte del mismo, atendiendo sus consultas y realizando las aclaraciones que sean requeridas.

  8. SOCIEDAD

    1. Responsabilidad social corporativa

      El Grupo declara su expresa adhesión a los principios de responsabilidad social corporativa, en sus relaciones con los distintos grupos de interés con los que interactúa, tanto interna como externamente.

      Su modelo de negocio estará presidido por la ética y orientado al desarrollo sostenible, al respeto y protección del medio ambiente, al logro de un entorno laboral seguro y saludable, así como al rechazo de cualquier tipo de conducta fraudulenta, como la corrupción, el abuso, el blanqueo de capitales y, en general, toda aquella que produzca un impacto negativo en la sociedad.

  9. CANAL DE DENUNCIAS

    Cualquier miembro del Grupo, así como proveedores o terceros que tengan cualquier tipo de relación con alguna de las sociedades que lo integran deberán denunciar de buena fe las irregularidades o infracciones de las normas jurídicas o las internas del Grupo por parte de cualquiera de los empleados, directivos y resto de sujetos obligados por el presente Código Ético.

    Las denuncias o consultas relacionadas con el presente Código, en su caso, podrán ser remitidas a la siguiente dirección: C/ Gregorio Marañón 1, Bajo II, CP 33.203 de Gijón (Asturias, España), al banner que aparecerá en la página web www.gjunquera.com o vía correo electrónico, a la siguiente dirección: juridico@gjunquera.com

    Se garantizará la confidencialidad de las denuncias, y se protegerá al denunciante de posibles represalias.

    Las denuncias realizadas con mala fe, a sabiendas de su falsedad o con el claro propósito de perjudicar a un compañero o a un superior, obtendrán la debida sanción disciplinaria. Ello sin perjuicio de las acciones que, en vía penal o civil, pudieran corresponder al ofendido por un presunto delito de calumnias o injurias, así como por la lesión de su derecho al honor.

  10. APROBACIÓN Y ACTUALIZACIONES DEL CÓDIGO ÉTICO

    El presente Código Ético ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad cabecera del Grupo, la mercantil G. Junquera Marítima, S.L., se publica en la página web corporativa y se remite a todos los integrantes del Grupo.

    Este Código entrará en vigor el día de su publicación en la página web corporativa, y permanecerá vigente en tanto en cuanto no se apruebe su anulación por el mismo órgano de aprobación.

    Será objeto de actualización cuando la Comisión de Auditoría y Cumplimiento detecte la necesidad de hacerlo, o así lo recomienden los profesionales del Grupo en cada una de sus áreas. Dicha actualización deberá también ser objeto de aprobación por el Consejo de Administración.

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